Resumen: Estar de baja médica no impide automáticamente que una empresa pueda comunicar un despido, pero sí puede hacer que ese despido sea impugnable si la verdadera causa está relacionada con la enfermedad, la incapacidad temporal o una situación de discriminación.
Respuesta rápida
La empresa puede despedir a una persona trabajadora mientras está de baja médica, pero no puede hacerlo por el simple hecho de estar de baja. La diferencia es importante: si existe una causa real, ajena a la incapacidad temporal, el despido deberá analizarse conforme a esa causa. En cambio, si el motivo real es la enfermedad o la baja médica, el despido puede ser declarado nulo o improcedente, según las circunstancias del caso.
Por eso, si recibes una carta de despido estando de baja, lo más importante es conservar la documentación y actuar rápido, porque los plazos para reclamar son breves.
Qué debes mirar en la carta de despido
La carta de despido es el documento clave. En ella la empresa debe explicar los hechos y motivos por los que decide extinguir el contrato. No basta con una frase genérica o una explicación vaga: es necesario revisar qué causa se invoca, qué fechas se mencionan y si los hechos descritos son reales.
También conviene comprobar si la empresa conocía tu situación médica, desde cuándo estabas de baja y si antes del despido existieron comentarios, advertencias, presiones o cambios de actitud relacionados con tu incapacidad temporal.
Cuándo puede ser improcedente
El despido puede ser improcedente cuando la empresa no acredita suficientemente la causa alegada o cuando no cumple los requisitos formales exigidos. Por ejemplo, si se comunica un despido disciplinario sin hechos claros, si se exageran incumplimientos o si la carta no permite conocer con precisión de qué se acusa al trabajador.
En estos casos, la consecuencia habitual es que la empresa deba optar entre readmitir al trabajador o abonar la indemnización correspondiente, según proceda legalmente.
Cuándo puede ser nulo
El despido puede ser nulo cuando se aprecia que la verdadera razón de la decisión empresarial está relacionada con una causa discriminatoria o vulneradora de derechos fundamentales. En los últimos años ha cobrado especial importancia el análisis de los despidos vinculados a situaciones de enfermedad, discapacidad o incapacidad temporal.
Si existen indicios de que la empresa ha despedido al trabajador precisamente por estar enfermo, por prever una baja larga o por considerar la baja médica como un problema, es importante estudiar la posible nulidad del despido.
Documentación que conviene guardar
- Carta de despido completa.
- Contrato de trabajo y prórrogas, si las hubiera.
- Nóminas de los últimos meses.
- Partes de baja, confirmación y alta médica, si existe.
- Correos electrónicos, WhatsApps o comunicaciones con la empresa.
- Mensajes donde se hagan comentarios sobre la baja médica.
- Cuadrantes, horarios, sanciones o advertencias previas.
- Vida laboral actualizada.
Errores frecuentes
Uno de los errores más habituales es firmar la carta de despido sin indicar la fecha real de recepción o sin guardar una copia. Si te entregan una carta, puedes firmar como “recibido”, pero es recomendable añadir la fecha y, si no estás conforme, hacerlo constar expresamente.
Otro error frecuente es esperar demasiado. En materia de despido, el plazo para reclamar es corto, por lo que conviene consultar cuanto antes para valorar la viabilidad de la reclamación.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
Con carácter general, el plazo para impugnar un despido es de veinte días hábiles desde la fecha de efectos del despido. No se cuentan sábados, domingos ni festivos. Antes de acudir al Juzgado de lo Social, normalmente debe presentarse papeleta de conciliación.
Por eso, aunque todavía estés de baja médica, no conviene dejar pasar los días. La situación médica no paraliza por sí sola el plazo para reclamar frente al despido.
Cuándo conviene consultar con un abogado
Conviene consultar especialmente si la empresa te despide poco después de iniciar la baja, si había comentarios negativos sobre tu situación médica, si la carta de despido contiene hechos que no son ciertos o si sospechas que la baja ha sido el verdadero motivo de la decisión empresarial.
Un análisis inicial permite valorar si existen indicios de nulidad, si el despido puede ser improcedente y qué documentación conviene preparar antes de iniciar la reclamación.
Conclusión: Estar de baja médica no blinda automáticamente frente a un despido, pero tampoco permite a la empresa despedir por el mero hecho de estar enfermo. Cada caso debe analizarse con la carta de despido, la documentación laboral y las circunstancias concretas.
¿Te han despedido estando de baja médica?
En Tacoronte Mendoza y Asociados podemos revisar tu carta de despido, valorar si existen indicios de nulidad o improcedencia y orientarte sobre los pasos a seguir.
¿Te han despedido, sancionado o tienes un problema laboral?
En Tacoronte Mendoza y Asociados podemos revisar tu caso, valorar la documentación laboral disponible y orientarte sobre los pasos más adecuados.